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normas tecnicas complementarias del reglamento de construccion del df 2018

III.-En el momento en que el Departamento lo estime conveniente en razón de duda en la calidad y resistencia de los materiales o en lo que se refiere a los procedimientos edificantes. VI.-Va a ser sometido al desarrollo de revisión que establezca el Departamento para la obtención de la licencia respectiva. Algún cambio importante que deba hacerse al procedimiento de construcción especificado en el estudio geotécnico se analizará con base en la información contenida en tal estudio. Los análisis de seguridad se efectuarán con base en las acciones aplicables señaladas en los Capítulos IV a VII de este Título, considerándose las sobrecargas que logren actuar en la vía pública y otras zonas cercanas a la excavación. La aptitud de carga de los suelos de cimentación se calculará por métodos metódicos o experimentales bastante apoyados en patentizas experimentales o se determinará con pruebas de carga. La capacidad de carga de la base de algún cimentación se calculará a partir de las resistencias medias de cada uno de los estratos damnificados por el mecanismo de falla más crítico. En el cálculo se va a tomar en cuenta la interacción entre las diferentes partes de la cimentación y entre ésta y las cimentaciones vecinas.

III.- A las peticiones de Licencia de Empleo del Suelo deberán acompañarse el anteproyecto arquitectónico en el que se integren las plantas de distribución y de localización, cortes y fachadas y el anteproyecto estructural, tal como los estudios de imagen urbana y de proyección de sombras a que mencionan los Producto 146 y 147 de este Reglamento. a) Cuando ocurra cambio, suspensión, abandono o retiro del Directivo Responsable de Obra o Corresponsable, o de quien preste los servicios profesionales que corresponden a que tiene relación el inciso b) de la Fracción II del Artículo 42 y el inciso b) de la Fracción II del Artículo 46 de este Reglamento. En un caso así se va a deber levantar un acta, asentando en aspecto el progreso de la obra hasta ese instante, la cual va a ser suscrita por una persona designada por el Departamento, por el Directivo o Corresponsable, según sea la situacion y por el propietario de la obra.

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Nuevo Reglamento De Creaciones Para El Distrito Federal

ARTICULO 13.- Los privilegios o concesiones que el Departamento dé para la ocupación, uso y aprovechamiento de las vías públicas o cualesquiera otros bienes de empleo común o destinados a un servicio público, no crean ningún derecho real o posesorio. Los solicitantes estarán obligados a efectuar las reparaciones que corresponden para volver a poner o prosperar el estado original de la vía pública, o a abonar su importe cuando el Departamento las realice. Este espacio está con limite por el plano virtual vertical sobre la traza del alineamiento oficial o el lindero de dicha vía pública.

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Hablamos de la Regla para la Rehabilitación Sísmica de Edificios de Concreto Dañados por el Sismo del 19 de septiembre. Las normas actualizadas mencionan al Diseño y Construcción de Cimentaciones; de Estructuras de Madera; de Acero; de Preciso; de Mampostería; de Diseño por Sismo; Diseño por Viento, y las de Método y Acciones. En esta sección se encuentra el catálogo las primordiales normas actuales en las que se basa el accionar de esta dependencia y que tiene a su cargo utilizar.

Normas Federales (

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  • El Departamento se dará por recibido y no requerirá ninguna revisión del contenido del emprendimiento; únicamente revisará que se otorgue el formato de registro correspondiente, distribuido de forma gratuita por el Departamento, los documentos a que se refiere el Producto 56 de este Reglamento y que se hayan comprado los derechos correspondientes.

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Lo previo, sin perjuicio de que el Departamento, en el momento en que proceda, imponga las medidas de seguridad a que se refiere el Título anterior. ARTICULO 332.-Al inicio de la visita, el inspector deberá requerir al visitado, para que nombre a 2 personas que funjan como testigos en el avance de la diligencia, advirtiéndole que en el caso de rebeldía, estos serán propuestos por nuestro inspector. ARTICULO 330.-El Inspector va a deber contar con orden por escrito que contendrá la fecha, ubicación de la edificación, obra o yacimiento por examinar, el objeto de la visita, la fundamentación y motivación, tal como el nombre y la firma de la autoridad que expida la orden.

ARTICULO 288.-Las obras de ampliación, cualquiera que sea su tipo, deberán realizar los requerimientos de habitabilidad, desempeño, seguridad, higiene, protección del ambiente, integración al contexto y mejoramiento de la imagen urbana, que establece el Título Quinto de este Reglamento. Semanalmente deberán revisarse y corregirse, en su caso, cables de alambre, contraventeos, malacates, brazo giratorio, frenos, sistemas de control de sobrecarga y todos y cada uno de los elementos de seguridad. ARTICULO 260.-Los elementos estructurales que se encuentren en ámbito corrosivo o sujetos a la acción de agentes físicos, químicos o biológicos que puedan hacer reducir su resistencia, van a deber ser de material fuerte a dichos efectos, o cubiertos con materiales o substancias protectoras y van a tener un mantenimiento preventivo que asegure su desempeño dentro de las condiciones previstas en el proyecto. ARTICULO 259.-Deberán efectuarse las pruebas de verificación de calidad de materiales que señalen las normas oficiales correspondientes y las Reglas Técnicas Complementarias de este Reglamento. En el caso de duda, el Departamento va a poder exigir los muestreos y las pruebas primordiales para contrastar la calidad y resistencia detalladas de los materiales, aun en las obras terminadas. ARTICULO 254.-En las obras de construcción, deberán proporcionarse a los trabajadores servicios temporales de agua potable y un sanitario portátil, excusado o letrina por cada 25 trabajadores o fracción excedente de 15; y sostenerse de manera permanente un botiquín con los fármacos e instrumentales de curación precisos para otorgar primeros auxilios.

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Sólo se permitirá transportar personas en las obras por medio de elevadores en el momento en que éstos hayan sido diseñados, construidos y montados con barandales, freno automático que evite la caída libre y guías en su altura que eviten el volteamiento, así como con todas las cuestiones de inseguridad adecuadas, sujetándose a eso que indican las Reglas Técnicas Complementarias de este Reglamento. ARTICULO 264.-Para la ejecución de las excavaciones y la construcción de cimentaciones se observarán las disposiciones del Capítulo VIII del Título Sexto de este Reglamento, así como las Reglas Técnicas Complementarias de Cimentaciones. En particular se cumplirá lo relativo a las cautelas a fin de que no resulten afectadas las construcciones y predios vecinos ni los servicios públicos.

ARTICULO 223.- La revisión de la seguridad de las cimentaciones, consistirá, de acuerdo con el artículo 193 de este Reglamento, en cotejar la resistencia y las deformaciones máximas aceptables del suelo con las fuerzas y deformaciones inducidas por las acciones de diseño. Las acciones van a ser perjudicadas por los causantes de carga y las resistencias por los componentes de resistencia detallados en las Normas Técnicas Complementarias. Asimismo, se estudiarán la ubicación y las características de las obras subterráneas cercanas, existentes o proyectadas, pertenecientes a la red de transporte colectivo, de drenaje y de otros servicios públicos, con objeto de verificar que la construcción no cause daños a semejantes instalaciones ni sea perjudicada por ellas. ARTICULO 215.- En inmuebles en que la relación entre la altura y la dimensión mínima en planta es menor que cinco y en los que tengan un período natural de vibración menor de 2 segundos y que tengan cubiertas y paredes recias frente cargas normales a su chato, el efecto del viento podrá tomarse presente a través de presiones estáticas equivalentes deducidas de la velocidad de diseño especificada en el producto siguiente. ARTICULO 212.- El análisis y diseño estructurales de puentes, tanques, chimeneas, silos, muros de retención y otras construcciones que no sean inmuebles, se van a hacer según lo que marquen las Reglas Técnicas Complementarias y, en los aspectos no cubiertos por ellas, se va a hacer de manera congruente con ellas y con este Capítulo, anterior aprobación del Departamento. Complementariamente los elementos de las cubiertas y azoteas van a deber examinarse con una carga concentrada de 100 kg en la situación más crítica. 3).- En áreas de comunicación de casas de habitación y edificios de departamentos se considerará la misma carga viva que en el caso a) de la tabla.

7).- Las cargas vivas detalladas para cubiertas y azoteas no tienen dentro las cargas producidas por tinacos y avisos, ni las que se deben a equipos u elementos pesados que puedan respaldarse en o colgarse del techo. 4).- En el diseño de pretiles de cubiertas, azoteas y barandales para escaleras, rampas, pasillos y balcones, se supondrá una carga viva horizontal no menor de 100 kg/m³ actuando al nivel y en la dirección más desfavorables. Para elementos con área tributaria más grande de 36 m³, Wm va a poder reducirse, tomándola igual a 180 + 420A – ½ (A es el área tributaria en m³). Cuando sea más desfavorable se considerará un lugar de Wm, una carga de 1000 kg aplicada sobre un área de 50 x 50 cm en la posición más crítica. 1).- Para elementos con área tributaria más grande de 36 m³, Wm va a poder reducirse, tomándola igual a 100 + 420A – ½ (A es el área tributaria en m³). ARTICULO 196.- Se considerarán como cargas fallecidas los pesos de todos y cada uno de los elementos edificantes, de los acabados y de todos y cada uno de los elementos que ocupan una situación persistente y tienen un peso que no cambia substancialmente transcurrido el tiempo.

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Las curvas de peligro sísmico que se usan en este trabajo corresponden al lugar de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes . es el que se obtiene de la simulación de las solicitudes estructurales desde la curva de riesgo de demanda sísmica en un periodo de tiempo en específico. Salvador Herrera, directivo de Urbanística, comentó que la regulación a la regla de estacionamientos en la Ciudad de México es un paso fundamental ya que es una localidad con un creciente empleo del automóvil.

Se podrán autorizar los cambios de uso si el Programa lo deja y si se efectúan las ediciones, instalaciones y pruebas de carga adicionales primordiales para realizar los requerimientos que establece el presente Reglamento para el nuevo uso. d) Vigilar que la construcción, durante el desarrollo de la obra, se apegue estrictamente al emprendimiento estructural, y que tanto los procedimientos, como los materiales usados, corresponden a lo especificado y a las normas de calidad del emprendimiento. Va a tener particular cuidado en que la construcción de las instalaciones no afecte los elementos estructurales, en forma diferente a lo preparado en el proyecto. los costes muestran variaciones más enormes, gracias a que en estas situaciones las cargas gravitacionales influyen más en el diseño. Las construcciones más atacables frente sismo en la Zona IIIb están en los intervalos segundo y tercero, esto es edificios que tienen periodos fundamentales entre 0.8 y 1.8segs.

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Autor: Equipo de redacción, antonio1095 antonio1095.
Fecha de publicación: agosto 29, 2020.

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